La prevención y represión del abuso de la contratación laboral temporal en las administraciones públicas. Comentario a la STJUE de 19 marzo 2000 (asuntos acumulados C-103/18 y C-429/18)
Resumen
El endémico problema del abuso de la contratación laboral temporal en las administraciones públicas españolas genera un nuevo pronunciamiento del TJUE, que sostiene que la renovación de contratos temporales para cubrir necesidades permanentes contraviene la letra y el espíritu de la Directiva 1999/70. La sentencia analiza la eficacia de algunas medidas legales equivalentes para prevenir los abusos, como en particular la conversión de la relación temporal en “indefinida no fija”. Esta medida no permite alcanzar la finalidad perseguida por la cláusula 5 del Acuerdo Marco. Tampoco el consentimiento del trabajador puede considerarse que prive de carácter abusivo al comportamiento del empleador.
Palabras clave
contratos laborales temporales; Directiva 1999/70; administraciones públicas; indefinidos no fijos
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PDFDOI: https://doi.org/10.20318/cdt.2020.5649
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Cuadernos de Derecho Transnacional- CDT EISSN: 1989-4570
editada por por el Área de Derecho Internacional Privado de la Universidad Carlos III de Madrid.
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