La eficacia transfronteriza de los acuerdos de mediación y la Convención de Singapur: ¿grandes esperanzas?
Resumen
En el presente trabajo se exponen, desde la perspectiva procesal europea y española, los problemas que plantea el régimen armonizado de reconocimiento y ejecución de acuerdos obtenidos en mediación que propone la Convención de Singapur de 2019. La atribución automática de eficacia ejecutiva que esta Convención anuda al mero documento privado del acuerdo obtenido con la asistencia de un mediador con tal que conste por escrito, firmado por las partes, con el fin de resolver una controversia comercial internacional, pone en jaque el sistema de garantías con el que muchos Estados de la familia de civil law, tras un largo proceso histórico, hemos revestido el acceso a la actividad ejecutiva estatal.
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PDFDOI: https://doi.org/10.20318/cdt.2020.5677
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Cuadernos de Derecho Transnacional- CDT EISSN: 1989-4570
editada por por el Área de Derecho Internacional Privado de la Universidad Carlos III de Madrid.
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